Disposiciones
Mantenimiento de Sistemas Contra Incendios
Asegúrate de que tu propiedad cumple con las regulaciones de seguridad contra incendios. Solo las empresas registradas están autorizadas para realizar el mantenimiento y las reparaciones necesarias. Garantiza la seguridad de tu edificio con un mantenimiento adecuado y certificado.
LEY 2.231 DISPOSICIÓN 677-AGC-16 GCBA
REGISTRO DE MANTENEDORES, REPARADORES, FABRICANTES, E INSTALADORES DE INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOS
Esta normativa establece la vigencia del Registro fijando a las empresas inscriptas como las únicas autorizadas para realizar tareas de Mantenimiento, Reparación, Fabricación, e Instalación de instalaciones fijas contra incendio. A su vez, en el Art. 7, establece obligaciones para los propietarios de edificios y establecimientos que posean instalaciones fijas contra Incendio, tal como detallamos a continuación:Art.7- e. Del Propietario de la I.F.C.I
El propietario de un establecimiento o edificio que posea o le corresponda poseer Instalaciones Fijas contra Incendio, está obligado a:
Seleccionar, contratar y realizar anualmente el mantenimiento preventivo y/o correctivo conforme lo establece la norma IRAM 3546 (actividad inicial y actividades periódicas) y sus supletorias o complementarias, exclusivamente a través de una empresa que se encuentre debidamente registrada conforme al presente acto administrativo.